top of page

Contrato de trabajo vs. prestación de servicios: principales diferencias


Contrato de prestación de servicios y contrato laboral

En nuestro país hay muchas confusión entre estas dos figuras: el contrato laboral y el contrato de prestación de servicios.

La ley colombiana nos dice que hay contrato laboral cuando se reúnen tres elementos indispensables:

  1. Prestación personal de un servicio.

  2. Remuneración o salario.

  3. Subordinación.

En el contrato de prestación de servicios están los dos primeros (prestación personal del servicio y remuneración), pero no hay subordinación. Ese es el elemento clave para diferenciar un contrato del otro.

Y ahora te preguntarás... ¿qué es la subordinación?

Las Cortes colombianas han dicho que es el poder que tiene el empleador sobre el trabajador de dirigir su trabajo, de darle instrucciones y de imponerle medidas disciplinarias. Hay subordinación cuando alguien actúa como el jefe de otra persona, y en ese sentido puede decirle que tiene que hacer X o Y, lo puede mandar a reuniones o diligencias, le corrige sus trabajos, interviene en sus proyectos, lo regaña si llega tarde o no cumple con sus tareas, y en general tiene mucho control y decisión sobre lo que hace el trabajador.

En cambio, el contratista que sólo está vinculado mediante un contrato de prestación de servicios es independiente y autónomo, y no recibe instrucciones específicas sobre cada parte de su trabajo, sino lineamientos generales. Además no puede ser objeto del poder disciplinario que sí tiene un empleador sobre sus trabajadores (esto, básicamente, quiere decir que no lo puede regañar).

Por último, es importante que tengas en cuenta que independientemente de cómo llames un determinado acuerdo o contrato, si reúne los tres elementos que vimos arriba del contrato laboral, se entenderá que la relación es laboral y se debe cumplir con todas las obligaciones que se tienen frente a un trabajador. Ésta es la teoría del contrato realidad.

Si tienes preguntas o necesitas asesoría personalizada, ponte en contacto con el equipo de AmigoLegal.org!

bottom of page